Reglamento para estancias de Investigación

Programas de Estancias de Investigación de la Facultad de Filosofía y Letras

 

La Facultad de Filosofía y Letras se propone incentivar la acogida de profesores/as e investigadores/as externos que tengan interés en desarrollar una estancia de investigación académica en nuestra Facultad. Por este motivo, el Programa de estancias de investigación pretende agilizar los trámites de aceptación, fomentar la interacción connuestro cuerpo académico, ofrecer los recursos institucionales, así como brindar el acompañamiento académico y administrativo a los visitantes.

A fin de poder preparar las visitas con antelación y llevar un registro de las mismas, se establece el siguiente proceso para todos los visitantes que quieran venir a la FFyL o que sean invitados.

 

Estancias de Investigación

La movilidad académica le permite a un/a investigador/a de cualquier nacionalidad, en diferentes momentos de su trayectoria participar en una actividad de investigación en un instituto, centro o grupo de investigación, con el cual haya establecido previamente una relación de colaboración académica.

Las estancias de investigación resultan pertinentes cuando existe una afinidad (teórica y/o metodológica) entre el proyecto para la movilidad elaborado por el postulante y las líneas de investigación desarrolladas en el Instituto y/o equipo de investigación en cuestión.

Los/as investigadores/as pueden ser invitados directamente por algún miembro de la comunidad académica de FFyL, o bien, solicitar la estancia sin invitación previa. En todos los casos, las estancias estarán sujetas a la aprobación de la institución, una vez evaluada la propuesta y designado y/o avalado el/la tutor/a de la acogida.

 

Perfil de Solicitantes:

Podrán solicitar una estancia académica las y los estudiantes de nivel de grado, maestría, doctorado, posdoctorado e investigadores/as que:

a) Estén desarrollando una tesis de grado o posgrado o una investigación independiente relacionada con las líneas de investigación que se desarrollen en la FFyL, sin que sea requisito imprescindible la existencia de un convenio de cooperación y movilidad entre la FFyL y la institución de pertenencia del/de la solicitante.

b) Cuenten con una beca de alguna institución (nacional, extranjera, fondo gubernamental o no gubernamentales, etc.) o con fondos propios suficientes y comprobables.

c) Residan en Argentina o en el extranjero y pertenezcan a una institución de educación superior ocentros de investigación.

 

El programa establece un canon administrativo único para las estancias acordadas individualmente según el siguiente detalle:

Categoría A: estudiantes y/o investigadores extranjeros procedentes de América Latina:

A.1. Estancias menores a un mes: canon equivalente a U$ 50.

A.2. Estancias de un mes a tres meses: canon equivalente a U$ 100.

A.3. Estancias mayores a tres meses: canon equivalente a U$ 200.

 

Categoría B: estudiantes y/o investigadores extranjeros procedentes del resto del mundo:

B.1. Estancias menores a un mes: canon equivalente a U$ 100.

B.2. Estancias de un mes a tres meses: canon equivalente a U$ 200.

B.3. Estancias mayores a tres meses: canon equivalente a U$ 300.

 

Categoría C: estudiantes y/o investigadores nacionales:

B.1. Estancias menores a un mes: canon equivalente a U$ 20.

B.2. Estancias de un mes a tres meses: canon equivalente a U$ 40.

B.3. Estancias mayores a tres meses: canon equivalente a U$ 60.

 

Al mismo tiempo exceptúa del pago de canon administrativo único a:

- las estancias aprobadas en el marco de convenios inter-institucionales de movilidad acordados por esta Unidad Académica y/o por la Universidad de Buenos Aires, en el caso en que respondan al esquema de co-financiación y/o reciprocidad de becas.

- los/las graduados/as de esta casa de estudios que se desempeñen en otras universidades nacionales y/o del extranjero.

- aquellos postulantes que por específicas razones fundamentadas, soliciten y se les apruebe la excepción del arancel.

 

Requisitos para solicitar una estancia de investigación:

a) Completar el Formulario de solicitud de Estancia de investigación AQUI 

b) Un curriculum vitae actualizado.

c) Presentación de un Plan de trabajo de 5-10 páginas, compatible con las líneas de investigación en desarrollo en esta Casa de Estudios, y realizable en función de la duración de la estancia de investigación.

d) Documentación que acredite la posibilidad de contar con la beca (en caso de que la beca se vaya a tramitar después, es indispensable documentar que se ha obtenido para la confirmación de la estancia académica) o de fondos propios suficientes para solventar la estancia académica.

Los puntos B, C y D deberán ser remitidos en formato digital al siguiente correo electrónico: relacionesinternacionales@filo.uba.ar

 

Aceptación de la estancia de investigación:

Las solicitudes serán analizadas en función de las líneas de investigación que se desarrollan en la institución, así como de las disponibilidades de tutores/as en cada caso, a partir de una consulta a las Áreas involucradas y según cada caso (Secretaría de Investigación e Institutos de Investigación; Secretaria de Posgrado y autoridades de las diversas carreras; Secretaría Académica y autoridades de los Departamentos Docentes). Una vez establecida la factibilidad, la Secretaría Transferencia, Relaciones inter-institucionales e Internacionales gestionará la elaboración y firma de la carta de aceptación de la solicitud.

Al comienzo de la estancia de investigación en la institución, se procederá a firmar el Acuerdo definitivo de la estadía de investigación.

 

Duración de la estancia de investigación:

La duración de la mismas resultará variable según lo acordado con el Asesor/tutor y (en el caso en que procediere) de las condiciones de la beca de movilidad obtenida.

En cualesquiera de los casos, deberá considerarse que las estancias de investigadores procedentes del exterior:

i) NO requieren los trámites de visa de residencia si su duración resulta menor o de hasta tres (3) meses.

ii) Requieren trámites de permiso de residencia si su duración es mayor de tres (3) meses, en cuyo caso el investigador en movilidad deberá inscribirse formalmente a seminarios de nivel de posgrado de la FFyL para contar con la documentación requerida por el mencionado trámite.

 

Responsabilidades de investigadores/as que opten por una estancia de investigación en la FFyL:

a) El/la investigador/a en movilidad estará sujeto/a a las regulaciones y reglamentos académicos y disciplinarios de la Universidad de origen y de la Universidad de Buenos Aires, incluyendo lo referente a derechos de Propiedad Intelectual.

b) El/la investigador/a es responsable de obtener las visas necesarias y de acatar todas las leyes de inmigración y regulaciones del país de la Universidad receptora.

c) Todos los gastos de viaje, alojamiento y manutención que demande la estancia de investigación, serán asumidos por el/la investigador/a.

d) El/la investigador/a es responsable de adquirir una póliza con cobertura de salud, accidentes, responsabilidad civil y repatriación antes de salir de su país de origen, por el tiempo de duración de la estancia de investigación.

e) El/la investigador/a en movilidad se compromete a realizar una conferencia académica de presentación de las líneas de trabajo individual, grupal y/o de la institución universitaria de procedencia.

f) El/la investigadora en tránsito se compromete a presentar una memoria de la actividad desarrollada durante la estancia.

 

 

 

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